Empleo

Proceso estabilización (Ley 20/2021) Enfermera/o: listado definitivo valoración méritos

Se ha publicado en la web de la Conselleria de Sanidad el listado definitivo de valoración de méritos del Proceso excepcional de estabilización (Concurso de méritos – Ley 20/2021) de Enfermero/a.
enfermeras trabajando juntas con mascarilla

Puedes consultar el listado definitivo y toda la información sobre este proceso aquí.

Se abre plazo de 10 días hábiles para presentar la documentación

Del 25 de junio al 8 de julio de 2024, ambos inclusive, las personas a las que se les ha adjudicado plaza deben presentar la documentación original establecida en la convocatoria de este proceso.

Presentación de recurso para las personas que estén disconformes con la puntuación obtenida o hayan sido excluidas: Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en la ciudad de Valencia en el plazo de dos meses y potestativamente podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes.

La documentación referida deberá presentarse en una de las siguientes unidades de registro:
- 03001Alicante: C/Gerona, nº 26.
- 03801 Alcoi: Plaza de España, nº 2.
- 12001 Castellón: C/Huerto Sogueros, nº12.
- 46008 Valencia: Av. Fernando el Católico, nº 74.
- Registros generales de los departamentos de salud de la Conselleria de Sanidad.

Las personas seleccionadas que, dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditada, no presentasen la documentación requerida, o que de la misma se deduzca que carecen de alguno de los requisitos, o se haya incurrido en falsedad o inexactitud en la documentación justificativa de los méritos no valorables de oficio por la Administración, quedarán excluidas del proceso, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran derivarse por haber incurrido en falsedad en las solicitudes de participación.

Ante posibles renuncias a los derechos derivados de este proceso selectivo, se requerirá la presentación de documentación acreditativa y elección de plazas, a un mayor número de aspirantes que plazas ofertadas, que serán considerados candidatos en reserva. Agotados los candidatos en reserva, si existieran plazas sin cubrir, el órgano convocante requerirá la presentación de documentación acreditativa y elección de plazas a nuevos aspirantes, en número suficiente para cubrir la totalidad de las ofertadas.