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Reivindicación básica
Eliminación de la nocturnidad sin merma retributiva
SATSE ha reclamado a la Conselleria de Sanidad la reducción de la jornada de los trabajadores nocturno, que tiene un coeficiente de 1,25 en la Comunidad Valenciana. También es necesario que se prevean pausas en las jornadas nocturnas para descansar y alimentarse.
Se trata de una inclusión de la compensación por nocturnidad en la retribución de vacaciones y días festivos. Pretendemos que se realice una limitación por edad, al igual que queremos que se establezca una recomendación de eliminar la nocturnidad a partir de los 40 años, algo que todavía tenemos pendiente de desarrollar legalmente, y solo unos pocos lo tienen adaptado.
Esta disminución de su vida laboral se aplicaría al personal que ha trabajado durante un periodo de su vida mediante coeficientes reductores (0,25) para la jubilación anticipada de estos trabajadores.
La propuesta de SATSE vendría a ser, de forma voluntaria, a 54 años con módulos adicionales para no tener perdida retributiva.
Las patologías más graves asociadas al trabajo a turnos y nocturno, aparte de digestivas, musculoesqueléticas y de patología del sueño son:
1- Diabetes, por favorecer la resistencia a la insulina y alterar el estrés oxidativo celular22; síndrome metabólico. El 9% de las enfermeras del turno de noche desarrollaron síndrome metabólico, en comparación con solo el 1,8% de las enfermeras del turno de día.
2- Patologías cardiovasculares: recientemente se ha realizando un metaanálisis, abarcando a más de 2 millones de pacientes, que ha demostrándo un aumento en el riesgo de eventos coronarios 50%, infarto miocárdico 40% y, en menor medid,a para isquemia cerebral 20% en enfermeras con turno nocturno y a turnos.
3- La International Agency for Research on Cancer (IARC), perteneciente a la OMS, y que tiene como objetivo fundamental promover la colaboración internacional para la investigación del cáncer, clasificaba hace casi una década el trabajo nocturno como probable carcinógeno (grupo 2A) para humanos.
Comparación con otras CCAA
Comunidades como Madrid, Aragón y Navarra ya lo han regulado. Igualmente, hay otros profesionales que ya tienen limitada la atención continuada.
Un complemento con historia
- En 1990, la OIT aprobó el texto de un Convenio (Nº 171) y una Recomendación (Nº 178) sobre el trabajo nocturno, de aplicación a casi todos los sectores.
- Posteriormente, la Directiva Europea 2003/88/CE reguló el trabajo nocturno y a turnos en los artículos 8 al 13.
- Diferentes notas técnicas de prevención sobre esta temática son: NTP 455, aspectos organizativos del trabajo a turnos y nocturno; NTP 260, efectos médico-patológicos de la turnicidad: síndrome del trabajador nocturno; NTP 310, condiciones nutricionales para estos trabajadores; y la NTP 502, prevención de implicaciones sobre la salud de los trabajadores, físicas, psicológicas o de interacción social.