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Convenio colectivo de residencias de tercera edad, centros de día, centros de mujer, centros de acogida y ayuda a domicilio

Convenio colectivo para las empresas que tengan adjudicada mediante contrato con alguna administración pública la gestión de residencias de tercera edad, servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal, centros de día, centros mujer 24 horas, centros de acogida y servicio de ayuda a domicilio de titularidad pública y gestión privada y ayuda a domicilio.

Ha sido publicada en el DOGV la Resolución de 22 de marzo de 2023, de la Subdirección General de Relaciones Laborales, por la que se disponen el registro y la publicación del texto del Convenio colectivo para las empresas que tengan adjudicada mediante contrato con alguna administración pública la gestión de residencias de tercera edad, servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal, centros de día, centros mujer 24 horas, centros de acogida y servicio de ayuda a domicilio de titularidad pública y gestión privada, en la Comunitat Valenciana, el comúnmente llamado “convenio de residencias públicas”.

Su ámbito territorial es toda la Comunidad Valenciana y su ámbito temporal se extiende del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2025, salvo en aquellos puntos en los que se disponga otra cosa en el propio convenio.

En cuanto a la revisión salarial, se prevé un incremento en Tabla A para los conciertos y contratos en vigor o prorrogados y un incremento en Tabla B para los nuevos contratos o conciertos que se firmen con la Administración Pública en este periodo 2022-2025.

Así, en principio, el incremento es el siguiente:

Tablas A: (según figuran en el anexo I)

  • Año 2022: el incremento será del 1 % para todos los conceptos retributivos sobre la tabla salarial al 31.12.2019
  • Año 2023 el incremento será del 1 % para todos los conceptos retributivos.
  • Año 2024 el incremento será del 1 % para todos los conceptos retributivos.
  • Año 2025 el incremento será del 1 % para todos los conceptos retributivos

A las prórrogas voluntarias les resultará de aplicación las tablas B desde el inicio de las mismas, salvo que la empresa haya renunciado a la prórroga en el plazo correspondiente.

En cuanto a los centros municipales que estén sujetos a la gestión de empresas públicas mediante la encomienda de gestión aplicarán las tablas B desde enero de 2023, salvo que en las resoluciones del contrato programa que financia los módulos correspondientes a la financiación de servicios sociales delegados en las entidades locales no estén reflejados dichos aumentos, en este caso, no tendrán la obligación de aplicar las tablas B hasta el 1 de octubre de 2023. En el caso de que la Conselleria de Igualdad y Políticas inclusivas realice el reconocimiento de esos aumentos del contrato programa desde enero de 2023, las tablas B se abonarán con efecto retroactivo.