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CV: Si has tomado posesión en la OPE 2016 Enfermera/o y tienes otra titulación o Especialidad, esto te interesa

¿Sabías que dispones de diez días hábiles desde la toma de posesión de la OPE 2016 de Enfermería para inscribirte en el turno de Promoción interna temporal de la Bolsa de trabajo de la Conselleria de Sanidad?

En el turno de promoción interna temporal se puede inscribir el personal estatutario fijo en el Sistema Valenciana de Salud que se encuentre en situación de activo o situaciones asimiladas a la de activo (que son excedencias por cuidados de familiares, excedencia por razón de violencia de género y la situación de servicios especiales). La inscripción debe ser dentro de su mismo régimen jurídico y en una categoría profesional distinta a aquella en la que ostente su condicion de personal fijo.

Qué debes hacer para inscribirte: remitir un e-mail informando de tu intención de entrar en la Bolsa de Promoción interna temporal tras obtener tu plaza fija de Enfermera/o. El correo debes enviarlo a la Dirección Territorial de Sanidad que corresponda: dtv_bolsa@gva.es (Dcción. Territ. Sanidad de Valencia), dtscs_bolsa@gva.es (Dcción. Territ. Sanidad de Castellón), peres_dtacs@gva.es (Dcción. Territ. Sanidad de Alicante).

Los datos que debes proporcionar son:

-     Nombre completo y categoría profesional en la que has tomado posesión.

-     Categoría profesional -especialidad de Enfermería- en la que quieres inscribirte en Promoción interna temporal.

-     Departamento/s de Salud en el/los que quieres trabajar.

Además, tienes que incluir en el e-mail los títulos de cursos de formación continua y continuada que hayas realizado antes del 31 de octubre de 2019. Deben ser cursos de 10 o más horas convocados u homologados por cualquier centro u organismo oficial de formación de empleados públicos. El máximo de puntuación será 5 puntos.

El baremo de Formación continua y continuada para el turno de promoción interna tempora es el siguiente:

Máximo 5 puntos. Se tendrá en cuenta la formación continua y continuada de la Administración Pública, de acuerdo con la siguiente escala:

a) Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento de duración igual o superior a 10 horas que hayan sido cursados por las personas interesadas y que hayan sido convocados u homologados por cualquier centro u organismo oficial de formación de empleados públicos, con arreglo a la siguiente escala:

1º. Por cada curso de 100 o más horas: 5,00 puntos.

2º. Por cada curso de 75 a 99 horas: 4,00 puntos

3º. Por cada curso de 50 a 74 horas: 3,00 puntos

4º. Por cada curso de 25 a 49 horas: 2,00 puntos

5º. Por cada curso de 10 a 24 horas: 1,00 puntos

b) Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento que hayan sido impartidos por las personas interesadas y que hayan sido convocados u homologados por cualquier centro u organismo oficial de formación de empleados públicos, a razón de 0,10 puntos por cada hora impartida.

Los cursos a baremar deberán acreditarse mediante las certificaciones de asistencia a dichas actividades, en calidad de alumno/a o discente, en las que deberá constar: el nombre de la actividad formativa; el organismo o entidad que convocó/impartió dicha actividad; las fechas de realización; el número de créditos y/o horas de la actividad; número de créditos/horas impartidas, en el caso de docencia; la Comisión Nacional Autonómica de Formación Continua que las acredita, con el logotipo de la misma y el número de expediente.

Enfermero en una Unidad de Diálisis