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Acuerdo del Programa temporal de lucha contra la brecha salarial feminizada en el sector de Sanidad 2022

Acuerdo de 26 de mayo de 2023, del Consell, para la aplicación del programa temporal de lucha contra la brecha salarial feminizada correspondiente al ejercicio de 2022 en el sector de Sanidad

Por Acuerdo del Consell de 6 de agosto de 2021 se ratificó el Acuerdo de la Mesa General de Negociación del personal funcionario, estatutario y laboral (MGN I) de 29 de julio de 2021.

Entre las medidas aprobadas se encontraba la creación de un «Programa temporal de lucha contra la brecha salarial y racionalización y mejora de la clasificación de puestos», por el cual en los siguientes tres años (2022, 2023 y 2024) se consignaría en los presupuestos una dotación con la finalidad.

Preveía el establecimiento de distintas líneas de actuación para, por un lado, incrementar las asignaciones del complemento específico, incrementar las retribuciones de los puestos de trabajo que ejercen profesionales de las denominadas «feminizadas» e infraclasificadas, al objeto de homologarlas con los puestos de trabajo que ejercen funciones y responsabilidades similares.

En fecha 23 de noviembre de 2022 se celebró la Mesa Sectorial de Sanidad, en la que se negociaron las prioridades respecto de las cuáles se aplicaría la distribución de la cuantía que se asignara en concepto de brecha salarial feminizada

Las medidas aprobadas dentro del citado programa para la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública fueron:

  • Mejora retributiva de los puestos de supervisiones y adjuntías de enfermería.
  • Mejora retributiva de los puestos de enfermería del SAIP.
  • Incremento del importe de la hora de atención continuada de enfermería de EAP

 En fecha 23 de diciembre de 2022 se aprobó el Acuerdo del Consell para la aplicación del programa temporal de lucha contra la brecha salarial feminizada, por la que se asigna formalmente la cantidad de 2.564.903 euros al sector de Sanidad para las medidas de la brecha salarial del ejercicio de 2022.

Como quiera que las retribuciones objeto de incremento son de aplicación para el ejercicio 2022, y que, por eso mismo, ello tendrá su consecuencia en las retribuciones actuales dispuestas para el ejercicio 2023, por razones de claridad y seguridad jurídica mediante el presente acuerdo se publican no solo las retribuciones concernidas con respecto al periodo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, sino también las consecuentes con vigencia a partir de 1 de enero de 2023, aplicando respecto de aquellas el incremento autorizado en la Ley de presupuestos para el 2023 del 2,5 %.

Por tanto, contiene este acuerdo el incremento salarial en dos supuestos:

  1. - Puestos de jefaturas, supervisiones y adjuntías de enfermería, para 2022 y 2023. Remito a la tabla del DOGV que se adjunta.
  2. - Se modifica también la tabla V de las tablas salariales, en cuanto al complemento de atención continuada para el año 2022 (distintas a las de 2023 que fueron publicadas ayer), y que quedan establecidas en las cuantías del DOGV publicado a las que también me remito.