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SATSE CV defiende que la turnicidad no se contabilice mensualmente y se opone a la creación del coordinador de técnicos

Hoy viernes, 14 de abril, se ha celebrado la Mesa técnica de Ordenación de Personal, en la que se han tratado dos temas:REGULACIÓN DE LA TURNICIDAD (A. CONTINUADA)SATSE ha defendido que el cobro de la turnicidad en los turnos de trabajo rodados es un complemento fijo de los puestos de trabajo, y no un devengo sometido a revisiones mensuales dependiendo de los turnos realizados, tal y como pretende la Conselleria de Sanidad.

CREACIÓN DEL “COORDINADOR DE TÉCNICOS”

SATSE se opone a la creación del “Coordinador/a de técnicos”, ya que esta figura organizativa no tiene amparo legal en la normativa sanitaria, dado que dichos profesionales se encuentran bajo la dependencia y supervisión del personal facultativo y de enfermería.

Así pues, únicamente los profesionales sanitarios titulados podrán participar en Ia gestión clínica de las organizaciones sanitarias,  existiendo  reserva  legal  por normativa 136 básica estatal, ya que, tal y como se definen las funciones de gestión clínica en el artículo 109 de la mencionada Ley, son las relativas a la jefatura o coordinación de unidades y equipos sanitarios y asistenciales, funciones por tanto que de esta forma estarían vedadas al personal de formación profesional.

Dicho esto, y dado que el resto de las organizaciones sindicales y la Administración están de acuerdo con la creación de esta figura, SATSE quiere dejar bien claro que sus funciones solo afectarán a su categoría profesional no pudiendo interferir en la organización del trabajo, permisos, vacaciones, etc., del personal de enfermería, es decir, diplomados/graduados en Enfermería y Tcaes.

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