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Proceso estabilización (Ley 20/2021) Enfermera/o: listado definitivo valoración méritos
21.06.24 | Comunidad Valenciana
Puedes consultar el listado definitivo y toda la información sobre este proceso aquí.
Se abre plazo de 10 días hábiles para presentar la documentación
Del 25 de junio al 8 de julio de 2024, ambos inclusive, las personas a las que se les ha adjudicado plaza deben presentar la documentación original establecida en la convocatoria de este proceso.
Presentación de recurso para las personas que estén disconformes con la puntuación obtenida o hayan sido excluidas: Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en la ciudad de Valencia en el plazo de dos meses y potestativamente podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes.
La documentación referida deberá presentarse en una de las siguientes unidades de registro:
- 03001Alicante: C/Gerona, nº 26.
- 03801 Alcoi: Plaza de España, nº 2.
- 12001 Castellón: C/Huerto Sogueros, nº12.
- 46008 Valencia: Av. Fernando el Católico, nº 74.
- Registros generales de los departamentos de salud de la Conselleria de Sanidad.
Las personas seleccionadas que, dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditada, no presentasen la documentación requerida, o que de la misma se deduzca que carecen de alguno de los requisitos, o se haya incurrido en falsedad o inexactitud en la documentación justificativa de los méritos no valorables de oficio por la Administración, quedarán excluidas del proceso, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran derivarse por haber incurrido en falsedad en las solicitudes de participación.
Ante posibles renuncias a los derechos derivados de este proceso selectivo, se requerirá la presentación de documentación acreditativa y elección de plazas, a un mayor número de aspirantes que plazas ofertadas, que serán considerados candidatos en reserva. Agotados los candidatos en reserva, si existieran plazas sin cubrir, el órgano convocante requerirá la presentación de documentación acreditativa y elección de plazas a nuevos aspirantes, en número suficiente para cubrir la totalidad de las ofertadas.
Documentación a aportar
a) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, fotocopia autenticada en el anverso y en el reverso de la credencial que acredite la homologación que corresponda.
b) Declaración responsable, conforme al anexo IV, de no haber sido separada o separado, o haberse revocado su nombramiento como personal interino o temporal, con carácter firme mediante procedimiento disciplinario de ninguna administración pública u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitada o inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias que son objeto de la convocatoria. Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo público. En el momento de la toma de posesión, el interesado/a deberá acreditar, conforme al artículo 57, apartado 1, de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia, no haber sido condenado/a por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales, tipificados en el título 8 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Esta circunstancia será acreditada en el Departamento de Salud correspondiente mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
c) Certificado médico/a acreditativo de la capacidad funcional para el desempeño del puesto de trabajo. La toma de posesión quedará supeditada a la superación de este requisito.
d) Documentación original acreditativa de los méritos que fueron presentados y que no son valorables de oficio por parte de la Administración, considerándose originales las copias de los documentos que lleven firma electrónica del emisor.
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