Legislación
Plan Específico de Ordenación de Recursos Humanos de estructura y organización del Servicio de Emergencias
Se trata de la unificación de la gestión de todos los recursos humanos del ámbito del Servicio de Emergencias Sanitarias de la Comunidad Valenciana en un único centro, lo que ha supuesto la modificación de la ubicación de los recursos humanos de las actuales unidades de gestión provinciales SES y CICU.
Los objetivos organizativos y asistenciales requieren una gestión integral de los recursos, tanto humanos como materiales, superando la actual distribución provincial, la cual no facilita la versatilidad necesaria para atender la demanda asistencial existente.
El presente Plan de Ordenación Específico tiene por objeto actualizar la estructura y la organización integral del Servicio de Emergencias Sanitarias de la Comunitat Valenciana SESCV), incluyendo el Centro de Información y Coordinación de Urgencias de la Conselleria (CICU), en el ámbito del Sistema de Urgencias y Emergencias de la Conselleria que tiene atribuidas las competencias en materia de Sanidad.
El SESCV ejercerá integralmente la gestión administrativa y de sus recursos humanos y materiales, a través de un único centro de trabajo y un único centro de gasto, bajo la dependencia de la Dirección General que tenga atribuidas las competencias en planificación, gestión y evaluación de las urgencias y emergencias. El CICU, con dependencia orgánica y funcional del SESCV, adoptará en su funcionamiento la tecnología, los procedimientos y las directrices organizativas y operativas, en ejercicio de su dependencia funcional, del Servicio competente en la materia, adscrito a la dirección general con competencias en Asistencia Sanitaria.
Se establecen los centros provinciales del SES y CICU y se reasignan los puestos de trabajo al centro unificado en Valencia.
Las plazas afectadas figuran en el Anexo II, y se establecen los criterios de valoración para tomar las decisiones relativas a plazas y personas, así como las indemnizaciones. A partir de ahora se procederá a la aprobación de los expedientes de modificación de plantilla necesarios.