Ya se pueden solicitar los días adicionales por asuntos particulares y de días adicionales de vacaciones por antigüedad
RECUPERACIÓN DE LOS DÍAS DE LIBRE DISPOSICIÓN POR ANTIGÜEDAD “CANOSOS”
Se disfrutarán de acuerdo a los trienios trabajados, en la siguiente progresión:
Trienios |
Días adicionales que se disfrutarán |
6 |
2 |
7 |
2 |
8 |
3 |
9 |
4 |
10 |
5 |
11 |
6 |
Y así sucesivamente |
Y así sucesivamente |
El plazo para disfrutar de los días de libre disposición por antigüedad de 2015 y 2016 es:
DISFRUTE DE LOS DÍAS ADICIONALES DE VACACIONES POR RAZÓN DE ANTIGÜEDAD
El personal estatutario consigue el derecho a disfrutar de los días adicionales por razón de antigüedad, de acuerdo a la siguiente progresión:
Periodo para disfrutar de los días adicionales por antigüedad de 2015 y 2016 es:
Días adicionales de 2015 | Días adicionales de 2015 |
El personal con más de 15 años de servicio disfrutará de 1 día adicional.El personal con más de 20 años de servicio, y sucesivos, disfrutará de 2 días adicionales.Estos días se pueden disfrutar hasta el 30 de junio de 2016. | Se disfrutarán durante todo el año 2016 |
OTROS ASUNTOS QUE ESTABLECE EL DECRETO
El personal podrá disponer de hasta cinco de los días de vacaciones a que tuviera derecho, contados por jornadas de siete horas, 35 horas, para disfrutarlos a su conveniencia de manera consecutiva o por separado fuera del periodo vacacional ordinario, si bien su disfrute concreto deberá ser acordado con la persona responsable de la Unidad. En el caso de que el personal aplicara alguno de estos cinco días a la libranza de alguna jornada de sábado, domingo o festivo en que le correspondía trabajar, al efecto del cómputo del periodo vacacional disfrutado se entenderán igualmente consumidos los días correspondientes.
Los días o su correspondiente en horas a que alude el párrafo anterior podrán ser disfrutados junto a los días u horas por concepto de licencia de libre disposición.
La situación de incapacidad temporal sobrevenida una vez iniciado el disfrute de vacaciones lo interrumpirá, y se reanudará con el alta.
La jornada ordinaria efectiva general será de 1.589 horas.
¿Y SI ME JUBILO ESTE AÑO?
El Sindicato de Enfermería ha conseguido que el personal que se jubila en 2016 tenga derecho al disfrute o abono económico de todos los días adicionales de libre disposición y de los días de vacaciones del año 2015 que le correspondieran, del personal que se jubila en 2016, independientemente del mes que sea su jubilación.
Con respecto a los días de 2016, quienes se jubilen este año disfrutarán los que correspondan proporcionalmente al periodo que se va a trabajar en el año.